Civiles podrán revisar cuarteles
NACIONAL.-La Comisión de Justicia aprobó una reforma al artículo 53 y 94 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas para permitir a la Comisión Nacional de Búsqueda realizar, sin restricciones, inspecciones físicas, excavaciones y apertura de muebles e inmuebles de instituciones públicas para ubicar a personas no localizadas.
Según el dictamen avalado, la Comisión podrá consultar de manera periódica y exhaustiva la base de datos o registros de cualquier instalación o cuartel militar o policial del país y en embajadas, consulados, o cualquier instalación diplomática, y centros de culto religioso.
Sin embargo, limita las inspecciones a embajadas, ya que estas no se podrán realizar sin la autorización del representante diplomático.
También se podrá acceder a lugares donde se pueda ingresar de manera física o a través de la información contenida en plataformas, registros y bases de datos que contengan información que pueda contribuir a la localización e identificación de las personas, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Asimismo, se agrega que las autoridades o instituciones, públicas o privadas, que administran las bases de datos o registros deberán tomar las medidas necesarias para que dichas bases de datos y registros contengan la información de las personas a las que prestan servicios, beneficios o tienen bajo su custodia.
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2019-04-05